| D. Carrasco |
07 de junio de
2002 |
Un fallo dice que el Consejo de
Médicos Naturistas no existe 
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"No se ha creado ni constituido un
Consejo General de Colegios de Médicos
Naturistas ni es requisito obligatorio
inscribirse en él para estar habilitado o
capacitado para ejercer como médico, pues tal
presupuesto obligatorio lo es en los colegios
oficiales de médicos". Así lo ha declarado
el Juzgado de Primera Instancia número 15 de
Madrid.
El juzgado ha estudiado la demanda que interpuso
el Consejo General de Colegios Oficiales de
Médicos contra la Confederación Internacional
de Asociaciones de Médicos Ancestrales y
Naturales y Asociación Hispano Americana de
Médicos Naturistas Colegiados por publicidad
engañosa.
El fallo ha considerado probado que en distintos
medios de comunicación nacionales y provinciales
se publicó información acerca de la creación
de un Consejo General de Colegios de Médicos
Naturistas sobre la aprobación de sus estatutos
por silencio administrativo. Además, se
informaba de que los naturistas, para legalizar
su situación, habrían de inscribirse en dicho
colegio antes del 31 de julio de 2000.
El fallo, que ha acogido de modo favorable los
argumentos de Pedro González Salinas, abogado
del Consejo General del Colegio de Médicos, ha
señalado que "la publicidad era engañosa
porque el referido Consejo de Médicos Naturistas
ni siquiera se había constituido por silencio
administrativo, pues lo impide la Ley de Colegios
Profesionales de 1974". Además, "en el
Registro Mercantil de Madrid no constaba
inscripción alguna de dicho consejo". Es
más, el Ministerio del Interior informó que no
había constancia en el Registro Nacional de
Asociaciones del Consejo de Naturistas".
Cese publicitario
La sentencia, que ha aplicado la Ley General de
Publicidad, ha acordado "la cesación de la
publicidad ilícita en tanto no cambien las
circunstancias que permitan dejar de concebirla
como engañosa". El fallo también condena a
difundir la publicidad correctora en cada uno de
los medios de comunicación en que haya
aparecido, cuyo contenido será "que no se
ha constituido en la actualidad un Consejo de
Médicos Naturistas ni es requisito obligatorio
la inscripción en tal para estar habilitado para
ejercer como médico".
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